1923-2023, ¡100 años de historia!

La Junta Central Electoral (JCE) cumple 100 años desde su creación. Una institución que nació en 1923 con el objetivo de organizar elecciones. Sin embargo, con el paso del tiempo, al igual que una oruga se convierte en mariposa, la Junta sufrió cambios que la transformaron en la institución que es hoy, es decir, en una entidad que no solo organiza comicios, sino que está presente en “toda la vida” de los dominicanos y dominicanas, desde su nacimiento hasta su muerte.

La Junta Central Electoral es una institución transversal en la vida de los dominicanos y dominicanas, que está presente en el nacimiento, el matrimonio, el divorcio y la muerte. Pero, además, forma parte del momento más importante para la democracia de un país: la elección de sus autoridades.  

Este organismo basa su accionar en un intangible: la confianza. La Junta es lo más parecido a una institución bancaria, donde usted deposita sus ahorros. Así es la JCE: un organismo en el que “depositamos la confianza” para la organización y realización de elecciones diáfanas, en las que cada dominicano y dominicana esté seguro que se respetó su derecho a elegir.  

100 años después de su creación, la JCE es una institución que se ha ido modernizando en estas diez décadas. 

En cuanto al Estado Civil, con la aprobación de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil de 2023, se modernizó el Estado Civil, pasando de libros manuscritos a un registro digital con un soporte físico. 

Pero la JCE es mucho más que es eso, es historia viva de lo que es hoy la República Dominicana en materia de elecciones y sociedad civil.

100 años de historia

Antes de la creación de la Junta (1923), la organización de las elecciones estaba a cargo de alcaldes o jefes políticos. A su vez, este sistema estaba conformado por una Junta Electoral de Provincia, 22 Juntas Parroquiales, y 5 Juntas Electorales de Partidos.  

En aquella época, el voto era indirecto: se ejercía mediante un proceso verbal, luego se remitía en papel cerrado, y el presidente del Congreso anunciaba públicamente los resultados

Esto cambió en 1923, con la aprobación de la Ley 35, del 8 de marzo, conocida como “Ley Electoral”, y promulgada por el entonces presidente provisional Juan Bautista Vicini Burgos. En junio del año siguiente, adquirió rango constitucional a través de una reforma a la Carta Magna.

En aquella época, la función de la JCE era administrar los procesos electorales. Su pleno estaba conformado por un presidente y dos miembros titulares.  

En 1926, a través de la promulgación de la Ley No. 386, el Pleno de la JCE se conformaría por un presidente y cuatro miembros titulares, conformación vigente hasta al día de hoy.  

El 12 de abril de 1923, se designa el Pleno de la institución recién creada, integrado por un juez de la Suprema Corte de Justicia, quien la presidiría, un juez de Corte de Apelación, conjuntamente con dos suplentes de Corte de Apelación; un catedrático titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santo Domingo, conjuntamente con un suplente escogido por dicha Facultad, y por un representante de cada partido político reconocido, quienes tenían voz, pero no voto.  

Los primeros miembros de la JCE fueron Alejandro Woos, quien presidía el pleno; Fidelio Despradel y Horacio Vicioso. Este pleno se estableció en lo que sería la primera sede de este organismo, en el segundo piso de la Casa núm. 36, hoy 306, de la calle Padre Billini, antigua Ciudad Colonial. 

Así nació la Junta Central Electoral, el primer órgano electoral de Latinoamérica

Inicio de una era

La conformación de una Junta Electoral, en aquella época, era un paso de avance. En el país terminaba la primera intervención norteamericana, había un gobierno transitorio, y se había creado un organismo que tenía en sus manos encaminar el ejercicio de la democracia de la República Dominicana. 

Horacio Vásquez fue el primer presidente electo en un proceso organizado por el organismo recién creado, en las elecciones del 15 de marzo de 1924, para el periodo 1924-1930. En este proceso, hubo un total de 147,228 votantes inscritos a nivel nacional, de los cuales sufragaron 103,281, para un nivel de abstención de 46,947 electores

En 1931, durante la dictadura de Trujillo, se declaró de carácter obligatorio que todas las personas del sexo masculino, mayores de 18 años, residentes en el territorio dominicano, debían proveerse de una certificación que se denominó “Cédula Personal de Identidad”. Su costo de expedición era un peso y era obligatorio renovarla cada año. Así nació la primera cédula dominicana.  

Hasta ese momento, las mujeres no tenían derecho al voto. El 22 de diciembre de 1933, el Poder Ejecutivo emitió un decreto autorizando a que las mujeres asistan, a modo de ensayo, a las elecciones generales de 1934. En aquel momento, votaron en todo el país 96,247 dominicanas. En ese entonces, la población del país era de 1.479.417 habitantes, de los cuales 750,704 eran hombres y 728,713 mujeres. En 1938, nuevamente, a manera de ensayo, las mujeres volvieron a las urnas.  

Hasta ese año, los menores de edad ni los ciudadanos extranjeros poseían Cédula de Identidad. Fue en 1940, con la aprobación de la Ley No. 372, que se solicitó con carácter obligatorio, a toda persona de sexo masculino, nacional o extranjero, con edad de 16 años en adelante, a proveerse de dicho documento.  

En diciembre de 1940, se promulga la Ley No. 390, que concedía derechos civiles a la mujer dominicana, y le otorga la facultad de proveerse y ser portadora de una Cédula de Identidad. Finalmente, en 1942, se proclama la Asamblea Revisora de la Reforma a la Constitución, que trajo como cambio sustantivo el reconocimiento de la condición jurídica y política de la mujer, otorgándole el derecho a ejercer el sufragio

Crisis en procesos electorales

La razón de ser de la Junta, desde su creación, era la realización de elecciones. Desde 1923, hasta la fecha, este organismo ha realizado 30 procesos electorales, y se ha integrado por unos 40 Plenos

Para recordar, los primeros comicios organizados por la Junta se llevaron a cabo en 1924. No obstante, el 20 de diciembre de 1962, se llevaron a cabo los primeros comicios democráticos post dictadura trujillista.  

Esa fue una época convulsa, con el golpe de Estado a Juan Bosch, el Triunvirato, la guerra civil de 1965, y los hechos que le sucedieron. 

Sin embargo, esas no fueron las únicas situaciones difíciles que ha tenido que enfrentar ese organismo electoral. 

En 1994, el pleno de la JCE enfrentó un gran desafio para la democracia.

En ese momento, se firmó el “Pacto por la Democracia”, que puso fin a una crisis poselectoral; se acordó poner en marcha una reforma constitucional para reducir el período al mandato presidencial, que iniciaba en 1994 hasta 1996, cuando se convocarían nuevas elecciones. Regulando, además, la prohibición de la reelección, la implementación de colegios electorales cerrados, y el establecimiento de una segunda vuelta.  

En el año 1996, se convocó, por primera vez, a una segunda vuelta en las elecciones, luego de que el Partido Revolucionario Dominicano (PRD y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no obtuvieran el 50 % más 1 voto en las elecciones.  

Pero, 24 años más tarde, la JCE se tuvo que enfrentar a una nueva crisis, cuando el 16 de febrero de 2020, el Pleno se vio en la obligación de suspender las elecciones municipales, debido a inconvenientes presentados con las boletas automatizadas con dicha modalidad de votación. 

Estas elecciones fueron convocadas para el 15 de marzo siguiente, llevándose a cabo con éxito en todo el país. 

Marco jurídico de la JCE

En estos 100 años, este órgano electoral ha atravesado 52 modificaciones al marco jurídico electoral. La más reciente, es la aprobación de la Ley del Régimen Electoral, la 20-23, promulgada el 17 febrero de 2023. 

El 21 de diciembre de 1997, se promulgó la Ley Electoral No. 275, que contemplaba las circunscripciones electorales, la cuota femenina del 25 %, y el voto del dominicano en el exterior, que se puso en ejecución en las elecciones de mayo de 2004. Ese mismo año se estableció la obligatoriedad de que, cada Cédula de Identidad, debía tener como soporte un acta de nacimiento

Luego, el 30 de marzo de 2000 se promulgó la Ley No. 12-00, que modifica la parte final del artículo 68 de la Ley Electoral No. 275-97, mediante la cual la mujer puede participar en los procesos electorales, con un porcentaje del 33 % de los cargos electivos.  

El 25 de julio de 2002, el Congreso Nacional proclama la reforma constitucional número 37 que, modifica los artículos 49 y 89, concernientes a aspectos electorales, habilitando la reelección presidencial, luego de ser convocada mediante la Ley No. 73-02, del 2 de julio de ese año.

Posteriormente, en el año 2004, se promulgó la Ley No. 286-04, del 15 de agosto, que consagra el sistema de elecciones primarias mediante el voto universal, directo y secreto, con participación de todos los electores. En esta misma fecha, ejercen el derecho al sufragio, por primera vez, los dominicanos residentes en el exterior

Luego, el 26 de enero de 2010, se produce la reforma constitucional que dispuso un nuevo rediseño del Estado dominicano, impactando las funciones de la Junta Central Electoral. Se crearon las Altas Cortes, mediante la Reforma Constitucional del 2010; así como también, a través de la Ley No. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional, y también la Ley No. 198-11, de fecha 3 de agosto de 2011, que regula los matrimonios religiosos y sus efectos en la República Dominicana. 

Asimismo, el 16 de enero de 2012, el Pleno de la JCE dicta el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 198-11.  

De la misma forma, el 23 de septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional emite la sentencia TC/0168/13, sobre nacionalidad dominicana y regulación de extranjeros.  

Posterior, en el año 2014, se promulgó la Ley No. 169/14, la cual establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional, inscritas irregularmente en el Registro Civil, y sobre naturalización.  

Luego, la reforma a la Constitución número 39, en el año 2015, se enfocó en la reelección presidencial. Allí se aprobó que el Presidente de la República “podía optar por un segundo período constitucional consecutivo”, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República.  

Acto seguido, en agosto del año 2018, se promulgó la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos Núm. 33-18, que regula el ejercicio del derecho de todos los ciudadanos a organizar partidos, agrupaciones, y movimientos políticos o formar parte de ellos. 

Finalmente, en febrero del año 2019, se promulgó la Ley Orgánica de Régimen Electoral Núm. 15-19. (Modificada en el 2023, al ser derogada por la Ley 20-23 Orgánica de Régimen Electoral).

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