La libertad de expresión es un derecho que tenemos todos. Es tanto así, que es considerado como un derecho humano fundamental, consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Sin embargo, hay que tener cuidado de no pasar una línea muy fina entre la libertad y el “libertinaje”.
Cuando se habla de regular los medios digitales, surgen algunas voces en contra, alegando una violación a la libertad de expresión. Sin embargo, los medios de comunicación tradicionales están regulados y no se viola la libertad de nadie de expresarse. ¡Lo que es igual no es ventaja!… Si usted no puede difamar por un medio tradicional, tampoco lo debe poder hacer por un medio digital. ¿Por qué en uno sí, y en otro no?
Sentarse a hablar frente a un micrófono de cualquier persona, haciendo acusaciones sin prueba, está tipificado en la ley como difamación. Pero, ahora, la difamación e injuria van a tomar otra connotación, porque con el nuevo proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, que modifica la ley 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, elimina la prisión como pena para la persona que resulte condenada por este hecho.
Lo ideal sería endurecer las penas, aunque aquí es sabido que tenemos muchas leyes que son letra muerta, que no se cumplen, ni se respetan. Sin embargo, las sanciones ejemplarizadoras son las que hacen que los individuos sean respetuosos de las mismas.
Pero, ¿por qué es importante actualizar la ley de 1962, endurecer las penas, y regular los medios digitales? Porque la comunicación de hoy no es la de antes. Antes, las personas con acceso a medios de comunicación eran, en su mayoría, profesionales de la comunicación, o personas con un alto respeto a las normas y las buenas costumbres.
Ahora, con la propagación de las redes sociales y medios digitales, se ha “democratizado” la oportunidad de las personas de contar con espacios donde pueden hacer comentarios, acusaciones y señalamientos, que afectan la honra de otras personas y, en muchos de los casos, sin sustento, ni pruebas.
Dicen que la calumnia es como el carbón que, “si no mancha, tizna”. Después de dañar la reputación de una persona, aunque el que haya hecho los comentarios se retracte, siempre va a quedar la duda de algunos que seguirán pensando que lo que se dijo era cierto.
Entonces, el mismo derecho que yo tengo de hablar, es el mismo derecho que tienen otros de que se respete su integridad. Una acusación no es lo mismo que una crítica. Hay que saber separar las dos cosas.
Sería oportuno, en esta modificación a la ley 6132, regular también el ejercicio de la comunicación, que se ha “prostituido” con una serie de “enganchados”, que no saben ni coordinar sus ideas, y menos hablar o escribir correctamente.
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