En el pasado reciente, tres hitos han coincidido para dar como resultado una molestia cada vez más común en nuestras ciudades, la cual no es más que el deslumbramiento causado por las luces altas o por el exceso de iluminación en los vehículos. Estos tres hitos han seguido la siguiente ruta.
Primero, se flexibilizó la prohibición de utilizar laminado en el cristal delantero. Esto permitió que, ya sea por seguridad o por protección solar, podamos colocar laminados oscuros en el parabrisas de nuestros vehículos, lo cual, si bien es cierto que resulta una maravilla durante el día, cuenta una historia totalmente diferente en las noches, debido a la reducida visibilidad frontal.
En segundo lugar, el avance tecnológico de las bombillas LED, capaces de hasta triplicar la luminosidad de las que nuestros vehículos equipan desde fábrica. Esto ha llevado a una
gran cantidad de conductores a sustituir sus luces por bombillas más potentes, que les permitan ver con mayor
claridad en la noche aquello que el laminado les impide ver.
En tercer lugar, la tendencia de los vehículos modificados para el todoterreno u offroad. Esta moda ha puesto a disposición una serie de luces auxiliares diseñadas para recorrer caminos remotos fuera de la ciudad, donde, por la oscuridad extrema,
este tipo de dispositivos resulta
una necesidad.
Ahora bien, todo esto, que es una “maravilla” para el conductor que lo tiene instalado, se convierte en una pesadilla para quien viene en sentido opuesto. Y es que se ha vuelto uso y costumbre (aunque se trata de una conducta ilegal) conducir en la ciudad con las luces altas encendidas todo el tiempo, principalmente para compensar la falta de visibilidad que produce el laminado. Del mismo modo, a muchos conductores de todoterrenos, ya sean buggies o SUV modificados, les encanta circular con las luces auxiliares encendidas como demostración de superioridad.
Si lo miramos desde el marco legal, la Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana regula el uso de las luces en los apartados que tratan las normas de circulación y el equipamiento de los vehículos. En términos generales, establece que las luces altas (o de carretera) no deben usarse en vías urbanas con alumbrado público suficiente; deben cambiarse a luces bajas al cruzarse con otro vehículo en sentido contrario; deben bajarse cuando se circula detrás de otro vehículo a corta distancia, para no deslumbrar a su conductor a través del espejo
retrovisor; y, finalmente, deben reservarse para vías sin iluminación, normalmente fuera de la ciudad.
En el caso puntual de las luces auxiliares para todoterrenos, muchas de ellas incluyen tapas protectoras, exigidas en muchos países precisamente para garantizar que no se utilicen en la ciudad. Solo al salir del camino, en lugares remotos, se retiran para que puedan cumplir su función.
En definitiva, la ley deja más que claro cuál es el uso correcto de las luces altas. El problema, entonces, está en su aplicación y, más allá de esta, en la falta de conciencia sobre el peligro que representa circular en la ciudad con estas luces permanentemente encendidas, tanto para quien viene de frente como para el propio conductor que las tiene instaladas, pues un conductor deslumbrado es, en ese instante, alguien que avanza a ciegas hacia él. Se trata, más que de cualquier otra cosa, de una conducta de inconsciencia y falta de empatía vial, pocas veces sancionada por los encargados de hacer cumplir la ley en nuestras calles.
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