¿Cómo organizar y optimizar hoy un bufete de abogados?

Ser el mejor, o los mejores, no es fácil hoy en día, y menos en el mundo de los abogados. Y en República Dominicana, con más de 78,000 juristas en ejercicio, según el Colegio de Abogados, llegar a la excelencia es más que complejo, pero ¡sí se puede! En revista CONTACTO, les mostramos las últimas tendencias para organizar y optimizar los bufetes de abogados en el mundo, como lo demuestran estas cuatro firmas de abogados en el país.

Un despacho de abogados, firma o bufete, es un entorno dinámico y desafiante, que requiere una organización eficiente para asegurar el éxito y el crecimiento de la práctica legal.

La gestión adecuada de los casos, los documentos, el tiempo y el personal, son aspectos cruciales para garantizar un funcionamiento fluido y productivo.

En este artículo, revista CONTACTO les presenta siete consejos clave para organizar y optimizar su despacho de abogados, permitiéndote brindar un mejor servicio a sus clientes y maximizar el rendimiento de su equipo.

Establece un sistema de gestión de casos

Implementar un sistema de gestión de casos eficiente es fundamental para organizar la información relacionada con cada caso. Utiliza herramientas digitales, como software especializado, para crear una base de datos centralizada que almacene detalles del cliente, fechas importantes, documentos, comunicaciones y otras notas relevantes. Esto facilitará el acceso rápido a la información y promoverá una comunicación fluida dentro del despacho.

 Optimiza la gestión de documentos

La gestión de documentos puede ser un desafío, especialmente en un despacho de abogados donde la cantidad de archivos es considerable. Utiliza un sistema de almacenamiento digital para organizar los documentos de forma estructurada, clasificándolos por tipo, cliente o caso. Además, establece un protocolo claro para el seguimiento de versiones y asegúrate de respaldar regularmente los archivos para evitar la pérdida de información importante.

Implementa una agenda y gestión del tiempo

El tiempo es un recurso valioso en un despacho de abogados. Utiliza una agenda para programar tus actividades diarias, estableciendo prioridades y tiempos límite realistas. Asigna bloques de tiempo para tareas específicas, como investigación, redacción de documentos o reuniones con clientes. Además, asegúrate de comunicar claramente las fechas límite a tu equipo para evitar retrasos innecesarios.

Fomenta la colaboración y comunicación efectiva

Una comunicación fluida y efectiva es esencial en un despacho de abogados. Utiliza herramientas de colaboración en línea, como plataformas de gestión de proyectos o mensajería instantánea, para facilitar la comunicación interna entre los miembros del equipo. Establece reuniones regulares para discutir el progreso de los casos, resolver problemas y promover el intercambio de conocimientos.

Organiza un sistema de seguimiento de tareas

La asignación y el seguimiento de tareas son fundamentales para mantener un despacho de abogados organizado. Utiliza herramientas digitales que te permitan asignar tareas a los miembros del equipo, establecer plazos y realizar un seguimiento del progreso. Esto ayudará a evitar la duplicación de esfuerzos, asegurar la responsabilidad y mantener un registro claro de las tareas pendientes.

Mantén un espacio de trabajo ordenado

Un entorno de trabajo ordenado y limpio tiene un impacto significativo en la productividad y la eficiencia. Establece un sistema de archivo físico para los documentos importantes y utiliza etiquetas y carpetas para mantener todo organizado. Asimismo, promueve una cultura de limpieza y orden entre los miembros del equipo, asegurándote de que cada uno mantenga su área de trabajo limpia y ordenada.

Capacita y actualiza constantemente a tu equipo

La formación continua es esencial para mantener un despacho de abogados competitivo y eficiente. Invierte en la capacitación de tu equipo en áreas clave, como nuevas leyes y regulaciones, habilidades de gestión y tecnologías emergentes. Mantente al tanto de los avances en tu campo y fomenta la participación en conferencias y eventos relevantes. Un equipo bien informado y actualizado será un activo valioso para tu despacho.

Organizar un despacho de abogados de manera eficiente es clave para brindar un servicio de calidad a tus clientes y garantizar el crecimiento de tu práctica legal.

 Implementa un sistema de gestión de casos, optimiza la gestión de documentos, establece una agenda y gestión del tiempo, fomenta la colaboración y la comunicación, organiza un sistema de seguimiento de tareas, mantiene un espacio de trabajo ordenado y capacita continuamente a tu equipo. Al aplicar estos consejos, estarás en camino de alcanzar un despacho de abogados organizado y exitoso. 

Alcántara Lerebours Abogados: Fiscalización posterior: procedimiento administrativo que precisa asesoría especializada para los operadores aduaneros

La Ley 168-21, de Aduanas de la República Dominicana, establece como bien jurídico protegido el control aduanero, el cual trasciende el proceso de despacho de mercancías. A su vez, el Reglamento de Aplicación, promulgado mediante Decreto 755-21, desarrolla un marco normativo integral sobre el control posterior e introduce un procedimiento específico para la fiscalización posterior. Con ello, se impulsa una cultura de cumplimiento que abarca tanto las exigencias legales generales como las propias del procedimiento fiscalizador. Este enfoque normativo interno está alineado con compromisos internacionales asumidos por el Estado dominicano, que exigen adoptar medidas para facilitar el comercio conforme a estándares globales. Uno de estos compromisos es el Acuerdo de Facilitación del Comercio (AFC), de la Organización Mundial del Comercio (OMC), ratificado mediante Resolución
696-16 del Congreso Nacional.
En particular, el artículo VII, numeral 5, de la Sección I, contempla la implementación de
la “Auditoría Posterior al Despacho” como mecanismo para garantizar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras.

Por primera vez, la fiscalización es reconocida como una actividad instrumental del control. Esta interpretación se desprende del artículo 19, de la Ley 168-21, que define el “control aduanero” como el conjunto de acciones a través de las cuales la DGA asegura el cumplimiento de las normas relativas al ingreso o salida de mercancías, incluyendo dentro de dichas acciones la fiscalización. 

En consonancia con esta definición, el procedimiento de fiscalización posterior, se apoya en dos fundamentos legales esenciales: (i) la facultad de revisión que posee la DGA dentro del plazo de prescripción legal (tres años a partir del despacho), y (ii) el carácter provisional de la determinación de la obligación tributaria realizada en zona primaria aduanera, dado que la declaración presentada por el operador constituye una manifestación inicial sujeta a revisión.

La facultad de fiscalización le permite a la DGA constatar la veracidad de las informaciones suministradas por el operador en el cumplimiento de sus obligaciones, las cuales constituyen deberes formales. En el caso de la fiscalización posterior, ese ejercicio de control deberá hacerlo en el marco de un procedimiento administrativo en donde el operador tendrá la oportunidad de aportar sus alegatos y pruebas, es decir, ejercer un efectivo derecho de defensa, a través su asesor especializado.

Frente al operador aduanero, el ejercicio de la facultad de fiscalización implica un deber de colaboración, por lo que debe facilitar las condiciones necesarias para que la DGA pueda revisar sus operaciones. En este sentido, el artículo 34 del reglamento, establece las obligaciones del sujeto objeto de fiscalización, entre las cuales destacan: facilitar las tareas de control, permitir el acceso a sus locales comerciales, mantener actualizados los registros, y documentos relacionados con sus operaciones y conservarlos por diez años. 

En cuanto a los tipos de procedimientos de fiscalización posterior a los que pueden estar sujetos los operadores, el reglamento contempla las siguientes modalidades: a) fiscalización de gabinete; b) fiscalización electrónica; c) visita de fiscalización a un operador en sus locales comerciales; y d) en materia de origen, visita a las instalaciones del productor o exportador, ya sea en territorio nacional o en el extranjero.

Las dos primeras modalidades consisten en verificaciones documentales, tanto de la información disponible en los sistemas de la DGA, como de otros documentos requeridos al sujeto fiscalizado. En cambio, las dos últimas implican, además, un trabajo de campo, es decir, comprobaciones in situ. Aunque cada modalidad de fiscalización posterior cuenta con plazos específicos, todas comparten un procedimiento común que incluye, en términos generales, los siguientes pasos: 

1) comunicación de inicio de fiscalización; 2) emisión de informe preliminar; 3) celebración de vista de conciliación; y 4) notificación de la resolución final. 

Por tanto, podemos advertir que el procedimiento de fiscalización posterior está concebido como un verdadero procedimiento en sede administrativa, lo que amerita, y así lo establece el reglamento, que los operadores se hagan acompañar por asesores especializados en valoración, clasificación arancelaria, origen regímenes aduaneros, etc. Aunado a lo anterior, como es un procedimiento administrativo que tiene implicaciones patrimoniales, la normativa prevé derechos procesales, a los cuales el operador y su asesor deben estar prevenidos y conocer el nuevo procedimiento para reivindicarlos. 

Los operadores también deben saber que, como resultado de una fiscalización posterior, la Aduana puede detectar indicios de la comisión de faltas aduaneras y tributarias, así como de delitos penales aduaneros o delitos precedentes (relacionados con el lavado de activos a través del comercio de bienes u otros mecanismos ilícitos de transferencia de capitales). En los primeros casos, se dará inicio al procedimiento administrativo sancionador para imponer las sanciones correspondientes; mientras que, ante la presunta comisión de delitos, el Ministerio Público asumirá la conducción de la acción penal.

En conclusión, la fiscalización posterior se ha consolidado como un verdadero procedimiento administrativo, con modalidades, plazos y etapas claramente definidos, que garantiza a los operadores el pleno ejercicio de su derecho de defensa. Por ello, ante la notificación de inicio de fiscalización, es indispensable contar de inmediato con el acompañamiento de un asesor especializado, para responder con precisión tanto a los aspectos formales como materiales del proceso, y así prevenir o mitigar graves consecuencias económicas, operativas y reputacionales que podrían afectar al operador. 

Jérica Rodríguez Arredondo: ¿Puede la inteligencia artificial hacer desaparecer la profesión del derecho en el futuro?: Una reflexión sobre la importancia de la inteligencia humana en la era digital

A pesar de ser una abogada millenial en pleno ejercicio, me sorprende cómo puede tan solo considerarse que la inteligencia artificial puede hacer que desaparezca la figura del abogado. Hablando de las opciones de profesiones para jóvenes que inician sus estudios universitarios, me comentan NO: derecho no es una profesión para el futuro, a lo que decidí, con humildad, analizar y reflexionar antes de entrar a discusión, y luego de tomar en consideración diversos factores, entendí que lo propio era compartir y educar en la medida de lo posible sobre el uso de la inteligencia artificial. Jamás algo que inventa el hombre podrá ser superado. El derecho es la ciencia de aplicar y ampararse de lo establecido en las leyes, y el arte de interpretar, crear, sentir y hasta empatizar. Al momento de elegir una profesión, como la medicina y el derecho, lo principal a tomar en cuenta es la vocación de servir, ya que, así como los médicos salvan vidas en ocasiones, el abogado tiene en sus manos devolver vida y aliento a los que su derecho les ha sido vulnerado injustamente.

El derecho no es sólo lo que se asume por lo establecido, el derecho es más que la aplicación mecánica de normas, el derecho se basa en valores, contextos sociales, principios éticos, interpretación del lenguaje y razonamiento crítico. No siempre lo justo es legal o lo legal es justo, y en estos límites, es donde la inteligencia humana se hace imprescindible, y termina la inteligencia artificial cuando la balanza se encuentra entre la legalidad y la justicia; cuando al momento de escuchar a una víctima, la parte humana prima sobre cualquier racionalidad; cuando lo establecido puede convertirse en un arma de doble filo, y las garantías y la legalidad se convierten en desaciertos, afectando a personas ignorantes de sus derechos que apuestan al criterio correcto de un juez, y a los argumentos de un “buen abogado”.

Es cierto que la IA cuenta con opciones para humanizar sus análisis, pero puede más el “análisis humanizado” de la IA que la de empatía de ver, sentir e identificarse, de un ser humano que con pasión asumiría el reto de defender intereses de otros, ideales propios y sentar precedentes en la sociedad en la que se desarrolla, donde desenvuelve, vive, ve y siente los flagelos que la ataca, y eso la IA no puede logarlo.

En otro orden, en negocios y la vida práctica, la IA puede apoyar en situaciones específicas como análisis en contratos y documentos,  pero el abogado antes de analizar riesgos en cualquier transacción, debe tomar el cuenta factores del entorno, conductas de la otra parte o adversario, que le llevan a inferir sobre la intención del otro que podría impactar a su representado, por lo que tampoco puede la IA sustituir la parte humana en transacciones que podrían impactar en los activos, obligaciones y responsabilidades de los representados.

En lugar de hacer desaparecer el derecho como profesión, la IA puede complementarla. Los abogados podemos hacer uso de la IA como herramienta para simplificar las tareas y prestar servicios de manera más eficaz, pero jamás podría la IA sustituir la presencia de un abogado para llevar transacciones o defender derechos vulnerados.

En la actualidad, la IA ha transformado diversos sectores, económicos y sociales. En la medicina, por ejemplo, ha sido de gran apoyo para los médicos, pero nunca se ha mencionado la posibilidad de que la medicina desaparezca como profesión en el futuro. Tan solo pensar que la IA puede remplazar la figura del abogado plantea fuertes limitaciones éticas, técnicas y sensitivas.

La inteligencia humana es insustituible en el campo del derecho, pero puede apoyarse de la rapidez y automatización de la IA en tareas repetitivas, no obstante, esto no quiere decir que el hecho de que IA sea capaz de realizar estas tareas pueda sustituir la labor jurídica, pues en el derecho es imprescindible el juicio moral, la interpretación cultural, y la empatía humana.

Los límites de la inteligencia artificial radican en la interpretación y ambigüedad del lenguaje. Muchas leyes, y códigos, o son ambiguos, pueden tener diversas interpretaciones o fueron creados en otros tiempos, y su aplicación en la sociedad actual varía en ciertos aspectos, por lo que la IA no puede captar matices culturales, o ironías del mismo modo que un jurista con la formación para saber analizar e interpretar.

Otra limitante, sería que la IA, que opera con datos del pasado, no puede analizar con conciencia moral lo que es justo en un caso sin precedentes. Un aspecto a considerarse sobre las limitaciones de la IA, es la capacidad de acompañamiento de un abogado en situaciones difíciles, lo que resulta imposible para la IA consolar o construir confianza con el representado. Por último, si una persona obtiene resultados contrarios por una asesoría de la IA, no hay un sujeto responsable a quién reclamar. En cambio, un abogado es responsable de hacer uso de los medios correctos para velar por los intereses de su representado.

Es importante reconocer que vivimos en una era privilegiada, donde tenemos herramientas que nos permiten simplificar tareas, pero debemos tener en cuanta que la sensibilidad humana debe prevalecer siempre en toda sociedad, y es lo único que garantiza la correcta y pacífica evolución del ser.

Agramonte & Agramonte – Consultores Legales: Resoluciones Anticipadas: una herramienta a disposición de los operadores aduaneros para la reducción de riesgos litigiosos

Las operaciones de comercio exterior involucran e implican, por sí solas, una serie de incertidumbres para las partes envueltas, debido a que se encuentran ubicadas en diferentes países, poseen valores, prácticas, costumbres, culturas, niveles socio-económicos y legislaciones distintas y, si a lo anterior le añadimos el hecho de importar o exportar mercancías sin conocer con exactitud el tratamiento que le dará la autoridad aduanera a las mercancías presentadas y declaradas, podremos concluir entonces que a los operadores aduaneros, en muchas ocasiones, les resulta complejo llevar a cabo una planificación logística y tributaria, con miras a reducir las contingencias y riesgos litigiosos. Es por esto que, los países, precisamente para reducir los niveles de incertidumbre en las operaciones de comercio exterior, así como, a fin de promover la transparencia y generar confianza en las autoridades aduaneras, se han puesto de acuerdo mediante la adopción y suscripción de instrumentos jurídicos internacionales, que contienen medidas tendentes a generar certidumbre en las operaciones llevadas a cabo por los usuarios del servicio aduanero.

Una de estas medidas o herramientas son las denominadas resoluciones anticipadas, las cuales constituyen decisiones emitidas por la aduana de naturaleza vinculante, que deciden y resuelven aspectos sometidos a consulta por usuarios del servicio aduanero, antes de que estos lleven a cabo alguna operación de comercio exterior, lo que, indiscutiblemente, coadyuva a la generación de un estado de certeza jurídica y previsibilidad.

En efecto, a nivel de la Organización Mundial del Comercio (OMC), las resoluciones anticipadas tienen como antecedente el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), incorporado a la legislación de la República Dominicana mediante la promulgación de la Resolución del Congreso Nacional núm. 696-16, en cuyo artículo 3, traza las pautas y alienta para que cada país miembro del acuerdo las implemente e incorpore a su legislación nacional, estableciendo las definiciones correspondientes, su naturaleza vinculante y el alcance de estas.

Precisamente, en el año 2021, las resoluciones anticipadas son incorporadas y positivizadas en la legislación nacional con la promulgación de la Ley de Aduanas de la República Dominicana, núm. 168-21, de manera que los importadores y demás usuarios del servicio aduanero tienen la posibilidad, por ley, de contar con una opinión vinculante y previa de la aduana, antes de llevar a cabo alguna operación frente a la misma, lo que brinda confianza en el comercio, en la administración aduanera, y permite cumplir con los principios de seguridad jurídica, buena fe, transparencia y eficiencia.

Es decir que, desde el punto de vista práctico, una forma eficaz de disminuir las posibilidades de cometer una falta tributaria aduanera y, en consecuencia, generar certeza y seguridad jurídica en las importaciones hacia la República Dominicana, lo constituye el uso o instrumentación de estas consultas o resoluciones anticipadas, prevista en el artículo 212 y siguientes de la Ley de Aduanas. El estado de certeza que generan estas decisiones viene dado, primero, por su efecto vinculante, es decir, la fuerza obligatoria con la que están revestidas, que hace a las mismas ser respetadas y ejecutadas tanto por la aduana, como por el operador solicitante; y segundo, porque, precisamente, deben ser emitidas previo a llevarse a cabo la declaración de importación o exportación, lo que permite su eficacia, su ejecución plena, y que cumpla cabalmente con la finalidad para la cual fue formulada.

Estas resoluciones anticipadas pueden versar sobre múltiples temas, proporcionándole seguridad jurídica a los importadores y demás operadores aduaneros, en torno a la interpretación y opinión de la administración aduanera sobre diversos aspectos establecidos en la ley, tales como: 1) Clasificación arancelaria; 2) Aplicación de los criterios de valoración aduanera, para un caso en particular, en conformidad con el Acuerdo de Valoración GATT-OMC, de 1994; 3) Aplicación de la devolución, suspensión u otro diferido de aranceles aduaneros; 4) Origen preferencial de una mercancía de acuerdo con el tratado que se invoque; 5) Marcado de país de origen; 6) Aplicación de cuotas; 7) Posibilidad de acogerse a un régimen aduanero especial; y, 8) Otras cuestiones que sean de interés de los usuarios del servicio aduanero.

Sin lugar a dudas, el uso de esta herramienta redunda en beneficios en favor, por ejemplo, de los importadores, en tanto que, antes de llevar a cabo una importación, pueden someter a consulta ante la aduana, cualquier asunto que deban esclarecer sobre su operación, evitando de esa manera retenciones de sus mercancías, dilaciones innecesarias en el proceso de despacho, reliquidaciones de impuestos, y sanciones por la comisión de alguna falta aduanera o tributaria aduanera.

Lo anterior se puede advertir con tan solo observar que, una eximente o liberación de responsabilidad lo constituye precisamente, cuando un operador aduanero demuestra, en el marco de un procedimiento administrativo sancionador, haber actuado en función de una resolución anticipada rendida por la autoridad aduanera en virtud del artículo 356, de la indicada Ley núm. 168-21. Más aún, la respuesta de una consulta como una eximente de responsabilidad tiene iguales efectos, inclusive, aun cuando la consulta haya sido realizada para otro operador aduanero, basta que la misma contenga los mismos supuestos, circunstancias e igualdad sustancial.

Por tales razones, entendemos vital para los operadores aduaneros, en especial al sector importador dominicano, conocer y asesorarse en la implementación de esta herramienta, en tanto que les permitirá planificar y llevar a cabo sus importaciones con un elevado estado de certeza, y con riesgo reducido de litigiosidad.

Robert Valdez Abogados & Consultores: Una firma liderada por la excelencia y un legado vivo

Con más de tres décadas de compromiso con la justicia, la ética y la innovación jurídica, la firma Robert Valdez Abogados & Consultores se consolida como una de las más prestigiosas de la República Dominicana, reconocida recientemente entre el Top 10 de las mejores firmas legales del país. Esta distinción no solo honra una trayectoria marcada por la excelencia profesional, sino que también celebra el legado de una familia dedicada con pasión al servicio del derecho. 

El nombre de Robert Valdez se ha convertido en un referente en el mundo jurídico nacional e internacional. Abogado, consultor, escritor y estratega legal, es socio fundador de la firma que lleva su nombre y ha sido pieza clave en la transformación del ejercicio profesional en sectores complejos y altamente especializados como infraestructura, inversión extranjera, energía, aviación, arbitraje internacional, turismo, comercio electrónico y derecho económico.

Valdez ha cultivado una reputación cimentada en el compromiso con la justicia objetiva, la independencia judicial y la formación de nuevas generaciones de abogados con una visión ética y técnica del derecho. Su liderazgo no solo ha impactado directamente en la mejora del sistema jurídico dominicano, sino que también ha inspirado a colegas, clientes y estudiantes a perseguir un ejercicio profesional riguroso, estratégico y transformador.

Más allá de su trayectoria profesional, Robert Valdez ostenta un hito: es el primer miembro patrono dominicano de la World Jurist Association (WJA), organización internacional que promueve la paz mediante la promoción del Estado de derecho. Este reconocimiento internacional refuerza el impacto de su carrera y su incansable compromiso con el fortalecimiento institucional, la independencia judicial y la lucha contra la desinformación jurídica.

El mayor orgullo de Robert Valdez no solo radica en los logros alcanzados por su firma, sino en ver cómo su legado continúa fortaleciéndose en vida a través de sus hijas, Melina Valdez y Ariadna Valdez, quienes ya son parte activa del equipo jurídico como abogadas asociadas y embajadoras del mismo compromiso con la excelencia que ha definido a su padre.

Melina Valdez, abogada egresada de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), posee una maestría en Derecho Administrativo en la Universidad de Salamanca, y actualmente cursa una segunda maestría en Derecho Civil y Procedimiento Civil, en la UASD. Su perfil combina una rigurosa formación académica con un profundo compromiso con la enseñanza del derecho, labor que desempeña como docente en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Su vocación académica, ética intachable y aguda capacidad de análisis legal la posicionan como una figura clave en la consolidación de la nueva generación de juristas que la firma representa.

Ariadna Valdez, por su parte, es estudiante de término de Derecho en la Universidad Iberoamericana (UNIBE), y se encuentra en fase de preparación de tesis, con proyección a graduarse con honores. Su formación sobresaliente se acompaña de una habilidad bilingüe (español-inglés), que le permite navegar con soltura tanto en el ámbito local como internacional, una competencia clave en un mundo jurídico globalizado. Ariadna combina su disciplina académica con una perspectiva crítica y moderna del derecho, proyectándose como una jurista integral, preparada para asumir los desafíos de una nueva era.

El legado

Desde marzo de 2024, ambas hermanas se integraron como colaboradoras de la World Jurist Association, siguiendo así los pasos de su padre e insertándose activamente en los debates globales sobre justicia, institucionalidad y derecho comparado. Este compromiso refuerza la vocación internacional de la firma y evidencia la preparación intergeneracional con la que la misma se proyecta hacia el futuro.

La historia de Robert Valdez Abogados & Consultores es la historia de una firma construida no solo sobre el conocimiento jurídico, sino sobre principios éticos e inquebrantables. Hoy, el despacho no solo celebra su reconocimiento entre las mejores del país, sino que reafirma su visión intergeneracional de liderazgo legal: una visión que conjuga experiencia, excelencia académica, innovación tecnológica y una defensa férrea de la verdad objetiva en el ámbito judicial.

En una era marcada por los desafíos de la posverdad, la desinformación y la presión mediática, el legado de Robert Valdez se mantiene firme como un faro de integridad jurídica. Y ahora, ese legado es compartido y sostenido por sus hijas, quienes con determinación, formación y convicción, están llamadas a continuar y elevar aún más los estándares de la firma.

Robert Valdez Abogados & Consultores no solo representa una firma legal de prestigio, sino una historia de familia, de compromiso con el derecho y de vocación transformadora que perdura y crece, generación tras generación.

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