Comprobantes Electrónicos: una revolución tecnológica para facilitar el cumplimiento EL CUMPLIMIENTO

LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA HA VIVIDO UN CRECIMIENTO EXPONENCIAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS GRACIAS A QUE SE INSTAURÓ SU OBLIGATORIEDAD EN VARIOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA. ESTOS SERVICIOS DE GENERACIÓN DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS HAN MEJORADO Y CREADO PLATAFORMAS MUCHO MÁS EFICIENTES PARA LOS SISTEMAS FISCALES DE LAS EMPRESAS Y LOS PAÍSES, ALGO QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) TIENE COMO ASUNTO PRIORITARIO CON SU PUESTA EN MARCHA EN ENERO DE 2020.

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February 17, 2020

Sin duda alguna, una región en desarrollo activo en la inicia- tiva de facturación electrónica es Amé- rica Latina. En esta parte del mundo, las iniciativas pro-vienen de impulsores del mercado e iniciativas en los sectores públi- co y privado.

De hecho, el sector público enca- beza las reglamentaciones y normas necesarias para implementar y ejecutar de manera consistente las solicitudes de facturación electrónica. El control y la visibilidad de las transacciones, que son posibles gracias al uso de las facturas electrónicas, permitieron al sector públi- co ejercer sus funciones de recaudador de impuestos y, al mismo tiempo, prevenir la evasión fiscal, un aspecto clave para la DGII.
En América Latina, Chile fue el país pionero en desarrollar esta modalidad en el 2003, seguido de México y Brasil, aunque posteriormente se ha extendido por el resto del continente. Al 2018, países como Argentina, Uruguay, Perú, Ecuador, Colombia y Costa Rica cuen- tan con experiencia avanzada en este modelo de facturación. “En República Dominicana, estamos en el proceso de implementación de la facturación electrónica, que comienza este 2020. Este es uno de los proyectos más importantes de nuestra institución, definido en el marco del Plan Estraté– gico Institucional 2017-2020. Para el desarrollo de este, fueron establecidos como elementos claves el uso de los comprobantes fiscales electrónicos
(e-CF) y los servicios web de consulta y comunicación”, explica Ana Julia Sierra, gerente de Facturación de la DGII, entrevistada por revista CONTACTO en las oficinas corporativas de la institución. Desde su emisión, el comprobante electrónico va directamente a la DGII y al comprador utilizando un formato es- tándar y firma digital. Su piedra angular es el uso de certificados digitales que garantizan la autenticidad e integridad del documento, con la particularidad de que una vez firmado, el documento no puede ser modificado.

“Este modo de facturación es am- pliamente beneficioso para todos los contribuyentes que emiten comproban- tes fiscales y posteriormente tienen que reportarlos en los formatos y formula- rios correspondientes”, destaca Sierra. En la actualidad, El Salvador es el único país de la región que no ha incor- porado los comprobantes electrónicos a su sistema fiscal. “El desarrollo tecnológico de las últi- mas décadas ha impulsado los principa- les cambios alrededor del mundo. Estos cambios han impactado el quehacer de las administraciones tributarias, espe- cialmente en América Latina, quienes se han apoyado en los avances de la tecno- logía para mejorar tanto la eficiencia en el control de los tributos como los servicios ofrecidos, en calidad y acceso, aprovechando el uso de Internet para disminuir los costos de transacción y cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes”, destaca la gerente de Facturación de la DGII.

Avalado por el Decreto 254-06 y la Norma General 05-19, el Comproban- te Fiscal Electrónico es un documen- to generado electrónicamente, que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios y que cumple con las dis- posiciones establecidas por el marco legal vigente. Este tipo de documento se caracteriza por tener validez y efectos legales iguales a la factura en papel. Se emite electrónicamente, posee un formato estándar (.xml), está firmado digital– mente y ofrece una mayor seguridad e integridad de la información. “La facturación electrónica es una modalidad para facturar en la que no es necesario el papel como soporte de una transacción realizada, la misma fomenta la transparencia en las operaciones de los contribuyen- tes y los acerca a la administración tributaria”, agrega Sierra. Antecedentes del proyecto: plan piloto 

En febrero de 2019, se inició el piloto de facturación electrónica con la par- ticipación de 10 grandes empresas que representaban diversos sectores de la actividad económica nacional. Estas empresas fueron invitadas por la DGII con la finalidad de disponer de una muestra que permitiera verificar la aplicabilidad del modelo en el país. Las empresas participantes fueron:
Centro cuesta Nacional (CCN), Phillip Morris Dominicana, Ce- mex Dominicana, Compañía Do- minicana de Teléfonos, MERCA- SID, Nestlé Dominicana, Kimberly Clark, Banco Popular Dominicano, Distribuidora Corripio y Cartones del Caribe. El piloto se desarrolló con el objetivo de probar el modelo diseñado y los distintos escenarios que pudieran surgir antes de su extensión a todos los contribuyentes. Durante el piloto, las empresas participantes fueron los únicos contribuyentes autorizados a la emisión de comprobantes electrónicos para sus operaciones dentro del mismo. “Fueron 10 empresas las que participaron, fueron sectores muy representativos en el volumen de facturación y representativos por sector, lo que nos permitió tener una muestra importante para probar el modelo”, afirma Sierra. En ese sentido, el 30 de abril del 2019, recibieron el primer comprobante electrónico emitido por una de las empresas, lo que marcó un hito importante en el desarrollo del proyecto. Al cierre de mayo, recuerda Sierra, “habíamos recibido más de 50 mil comprobantes electrónicos, con tiempos de respuesta mínimos en las validaciones (en segundos)”. Estos comprobantes reflejaron operaciones reales entre los contribuyentes, donde el comprador recibía una factura en papel (llamada representación impresa), la que cumplía con lo establecido en la Norma General 06-2018 con algunas características distintivas: la secuencia del comprobante electrónico es diferente y al final del documento se colocó un código de barras bidimensional (código QR). 
“Fue una experiencia muy buena para la DGII, los contribuyentes y para el país. Imagínense que teníamos al Banco Popular, Claro y CCN, es decir, empresas representa- tivas de sectores muy distintos, con peculiaridades y particularidades tributarias distintas, que también era nuestra idea, que fuera representativo, pero con sectores de distintas complejidades a nivel tributario, que nos permitiera a nosotros desarrollar firmemente un formato estándar que fuese aplicable para todos”, explica la gerente de Facturación de la DGII. 

En este plan piloto, los contribuyentes que recibieron comprobantes electrónicos, pudieron verificar la validez de este a través de las consultas disponibles en la página web de la DGII, así como reportarlo en el Formato de Envío de Compras de Bienes y Servicios (Formato 606), a más tardar 15 días calendario después del cierre del mes, o sea, “fue una experiencia real que vivieron nuestros contribuyentes y por eso tuvo tanto éxito este plan piloto. Al final, llegamos a los 900 mil comprobantes electrónicos recibidos, válidos en poder de otros contribuyentes que fueron reportados”.
“Con la facturación electrónica, la DGII continúa su proceso de transformación y modernización, ofreciendo servicios de mayor eficiencia a los contribuyentes y en- focados en la facilitación del cumplimiento tributario como uno de los pilares centrales de nuestra identidad”, indica Sierra.
 
 
La ventaja de ser los “últimos”
República Dominicana se convirtió en uno de los últimos países de la región en incorporarse al sistema de comprobantes electrónicos, lo que trae aspectos positivos y negativos. ¿Qué ventaja tiene esto? “Voy a utilizar las palabras de nuestro Director: sí, es cierto que casi somos los últimos en incorporarnos, pero hemos aprendido de las lecciones de los demás y de los errores de los demás. Entonces, aunque es un proyecto que se escucha principalmen- te entre 2019 y 2020, nosotros estamos traba- jando en esto, como organización tributaria, desde el 2016. Ese año empezamos a revisar 

y a conversar con todas las demás administraciones tributarias, y es impresio- nante la experiencia que tienen, porque algunas tienen más de 14 años de experiencia. Entonces, ¡es un ventaja tener la expe- riencia de otros países, sus pros y contras!”, asegura Sierra. 
¿Y Estados Unidos y Europa? “Ellos tienen un modelo distinto y, cuidado, Estados Unidos tiene un modelo de tributación muy diferente, aunque está pensando adoptar algunas de estas operaciones, y en Europa hay países que ya han estado adoptando este sistema, como España, que tiene esta modalidad. Portugal tiene otra modalidad, Italia otra. Cada uno de acuerdo a sus necesida- des, porque vamos a estar cla- ros: el cumplimiento tributario de los países desarrollados, y la modalidad de tributación de los países desarrollados, no es la misma que la de América Latina. Pero fíjense como algo que se originó en Chile, en un país de América Latina, se ha expandido no solo por la región, sino que por todo el mundo”.

¿Chile ha sido su principal modelo? “Nosotros hemos tenido una cercanía con Chile desde hace mucho tiempo, inclusive en la gestión del fenecido Juan Hernández. Es un modelo en el cual nos parecemos mucho. En cuanto al tamaño de contribuyentes, tenemos unos tamaños relativamente similares, pero al final, también cuando nos juntamos todas las adminis- traciones tributarias termina- mos hablando de los mismos temas e incidentes. Pero sí, en definitiva, tenemos una buena cercanía y un buen trato con el Servicio de Impuestos Internos de Chile, que también se ha dado a conocer en la región como muy cooperativo. Brinda mucha asistencia, brinda mucho la mano a casi todo el que se le acerque. También nos ha acompañado bastante el Servicio de Rentas Internas de Ecuador en algunos casos, y así sucesivamente”.

Ana, en palabras más simples, ¿qué es específi– camente el comprobante fiscal electrónico? “El comprobante fiscal elec- trónico es otro comprobante fiscal, tan sencillo como eso. ¿Cuál es la diferencia? Está en que cumple con un formato estándar. Es generado con un proceso computacional. ¿Por qué hago la diferencia entre electrónico y digital? Porque
si me voy a lo digital, le puedo decir a usted un documento en PDF, pero no necesariamente
es electrónico. Entonces, por eso decimos que es un com- probante electrónico, porque se genera. Es un documento generado electrónicamente. Además, utiliza los certificados digitales para la firma digital, y el elemento principal o diferenciador es que se genera con un formato estándar xml. Es un formato con un estándar internacional, que es el lenguaje de marcas expansibles. Es un estándar internacional donde ese comprobante tiene que cumplir con los parámetros y con ese formato xml. Se firma con el certificado digital, y una vez el comprobante o la factura, como le queramos llamar, se arma y se firma y no se puede modificar, lo que garantiza que el documento que usted tiene es auténtico y está íntegro”.

Es decir, ¿el comprobante electrónico queda regis- trado en el archivo del contribuyente y la DGII?“Si, entonces llega aquí a la DGII, al receptor, y como ya lo tenemos, facilita el cumplimiento tributario. Porque el que va a reportar los compro- bantes a la DGII, 15 días después del cierre del mes, tiene que sentarse, acumularlos y mandarlos en un formato, el 607, pero aquí como ya los envió, no tiene que llenar el 607, y como el receptor ya lo tiene, no lo tiene que digitar. Es decir, no tiene que hacer nada. Lo tiene en su contabilidad, ya entró. No tiene que digitarlo manualmente”. 

O sea, que simplifica todos los trabajos. “Exactamente, por eso es más un servi- cio que facilita el cumplimiento voluntario, porque, primero, el ahorro de papel… obvio, porque como viaja electrónicamente y entra directamente a su sistema, ya no hay el clásico ejemplo de que le dieron una factura de papel pero usted no
sabe cuánto le va a durar esa tinta y se le borra. Pero el código tributario dice que usted tiene que almacenarlo por 10 años. Entonces, hay empresas, contribuyentes, que tienen cajas y cajas y archivos de papel, ¡con lo que eso representa! Porque el papel tiene un cuidado para la conservación para buscarlo, y tiene que conservarlo por 10 años”. 
Es decir, realmente es un beneficio para todos, ya sea personas jurídicas o físicas. “Por eso es que todos los países de la región lo han adoptado y las empresas en otras países, especial- mente las multinacionales, que ya tienen experiencia, conocen las ventajas. Porque lo primero que hacen es que los ayudan a ser más eficientes. Sus procesos internos administrativos mejoran. Reduce costos de impresión, de almacenamiento, de papel, eficientiza los procesos, fomenta la compe- tencia leal. O sea, ¡estamos todos hablando el mismo idioma! Facilita el cumplimiento voluntario, pero también garantiza o asegura la certeza del crédito fiscal, que es el principal interés que tiene el contribuyente en la administración tributaria”. 
 
 
Acceso a los comprobantes electrónicos 

El proyecto de los comprobantes electrónicos de la DGII, junto con el de trazabilidad, es de los más importantes que se va a implementar en este perio- do del actual director general de la institución, Magín Díaz. 

Ana, ¿quiénes tienen acceso a compro- bantes electrónicos: personas físicas o jurídicas? “Todo aquel que cum- pla con el proceso para ser emisor electrónico. La norma 01-2020 es posterior al piloto. Antes de la norma 01-2020 solo podían participar los contribu- yentes del piloto. La norma 01-2020 abre el proceso y ahora mismo cualquier persona que sea física o jurídica, que cumpla con los requisitos establecidos en la norma, puede llegar a ser emisor electrónico”. 

¿Qué acredita un comprobante electrónico? “Lo mismo que lo acredita un comprobante actual, porque ante todo, un comprobante electrónico sigue siendo un comprobante, lo único que varía son sus características de generación y de conexión. Más allá, en cuanto a su validez, sigue siendo un comprobante, por lo cual, se utiliza igual que como dice el decreto 254-06 para acreditar la transferencia de bienes, es decir, la entrega en uso o la prestación de servicios a título oneroso o gratuito. O sea, cualquier transacción que se hace hoy con un comprobante para crédito fiscal se puede hacer con un comprobante para crédito fiscal electrónico”. 

¿Quiénes emiten el comprobante fiscal?

“El comprobante electrónico lo emite todo aquel contribuyente que quede autorizado para emitir un comprobante electrónico. Ahora mismo, lo que se abre es el proceso y todo el que quiera ser emisor electrónico, simplemen- te tiene que completar el formulario, hacer su solicitud y completar las pruebas que indique, que garantice que puede cumplir con este formato. Porque es un solo formato, entonces, todo el que cumpla con estos requisitos de la norma, y uno de estos requi- sitos es la parte técnica que tiene que cumplir para saber que los puede emitir. Es decir, que se puede comunicar con un tercero, que lo puede mandar y que está en capacidad de recibir. Entonces, a ese proceso nosotros le llamamos certificación”. ¿Cómo se puede consultar el estatus de un comprobante?

“Tenemos tres vías para consultas: en el portal web, puede ver si la consulta fue ac- tualizada. Cualquier contribuyente que vaya ahora mismo puede consultar el NCF, o sea, puede consultar un comprobante electrónico; segundo, nosotros tenemos una App móvil y en esa App se puede consultar el NCF, y la tercera vía es para el que tiene una represen- tación impresa. Con cualquier celular que tenga un lector de código QR, lo levanta y ya está”. 

¿Qué lee el código QR? “El código QR ve la lectura del compro- bante, es una presentación nuestra: lo lee y le da el estatus. Es decir, ¿Ahora todo se puede hacer online para facilitar el acceso a los contribuyentes?

Es lo que le digo a mis chicos: ‘estamos en el 2020, hace 20 ó 30 años el uso del Internet era pensar qué comprar por internet’. ¡Eso era un sueño! Hoy en día es algo de todos los días. Entonces, si el comercio, si las opera- ciones, si todo está por que la administración tributaria todavía está pidiendo el papel, esa es la motivación detrás de todo este ejercicio que han hecho todas las administraciones tributarias. Por eso, el enfoque de las mejores prácticas de las aplicaciones tributarias es un enfoque en servicio. Diseñan servicios que le faciliten al contribuyente y que le permitan a la administración tributaria enfocar su lucha contra la evasión.

El enfoque de esto es facilitar a los con- tribuyentes. Le pongo un ejemplo: nosotros hicimos un workshop de proveedores en septiembre de 2019, dándole las informacio- nes preliminares para también darle la señal al mercado internacional de que República Dominicana también está en este proceso y algo me resultó muy curioso: una persona levantó la mano para hacer una pregunta y dijo: ‘¿a qué me voy a dedicar ahora, porque yo soy contable?’ La respuesta nuestra fue: ‘a ser contable, no a llenar un formulario para la DGII para que sea eficiente en su proceso’”. 

¿Una de las principales ven- tajas que tiene este sistema es el código QR? “Sí, y por eso le llamamos certeza del crédito fiscal, porque cuando usted consulta y ve que ese comprobante dijo aceptado, en DGII ya olvídese, porque hoy en día hay muchos contribuyentes que dicen: ‘yo lo consulto, pero que en el momento que mando el 606, me lo rebotan’. Ahora no, usted lo consultó y le sale estado aceptado y listo, porque ya todas las validaciones se hicieron al momento en que se mandaron. Ahora, las validaciones se hacen cuando el contribuyente manda el 606, pero imagínese si a usted le dan un comprobante de crédito fiscal el día 2 de enero y lo reportan el 15 de febrero cuanto ha pasado… Cualquier cosa pudo haber pasado, y si esa persona que le vendió ahora tiene un proceso penal que usted no sabía, usted le compró el día 2, ¿cuál es la diferencia ahora? Usted le compró el día 2, consultó e inmediata- mente quedó aceptado, aunque después de eso pase lo que pase, su comprobante está aceptado”. 

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