De acuerdo al informe “Ciberdelincuencia: efectos de la Covid-19”, publicado en agosto de 2020 por la INTERPOL, a raíz de la declaratoria de emergencia por la pandemia, las estafas por Internet han proliferado, sobre todo, en la temática relacionada con el virus. Esto debido a que “(…) Los ciberdelincuentes han aprovechado la recesión económica y la ansiedad que padecen las personas para perfeccionar sus tácticas de ingeniería social, utilizando la COVID-19 como eje de sus ataques”, cita el documento.
En septiembre de 2021, la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos (FTC, por sus siglas en inglés) contabilizó 360,483 reportes de estafas a través del Internet, con pérdidas económicas aproximadas de US$549.15 millones.
Las estafas utilizando alta tecnología o por Internet se presentan en diferentes vertientes. Desde aquellas a empresas y usuarios de servicios comerciales, por correo electrónico, mediante la suplantación de identidad de los comercios (Business Email Compromise), pasando por aquellas que se ejecutan a través del “Phishing”, en las que los estafadores le envían a la víctima un mensaje a través del correo electrónico o mensajería de texto, haciéndose pasar por agentes de entidades gubernamentales, proveedores de servicios públicos y privados o empleados de entidades de intermediación financiera, solicitando información sobre sus cuentas y contraseñas, hasta las “estafas románticas”, en las que los criminales adoptan una identidad falsa para “ganar” el afecto y la confianza de la víctima, logrando así que esta le entregue fondos u objetos de valor.
En República Dominicana, las estafas, en sentido general, están contempladas y tipificadas por el Código Penal, como el hecho de utilizar el engaño o fraude para intentar, o lograr, que se entreguen valores ajenos con el propósito de apropiarse de ellos y se castigan con una pena de seis meses a dos años de prisión.
Ahora bien, si estas maniobras se realizan a través de la utilización de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, de acuerdo a la Ley No. 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología, se agrava el hecho y se sanciona con una pena de tres meses a siete años de prisión, y multa de diez a 500 veces el salario mínimo.
Dado que a raíz de la Covid-19 es mucho más frecuente la utilización de los medios electrónicos, es importante tomar en consideración algunas pautas para protegerse de posibles estafas en línea:
· Es vital proteger su información, tanto personal como bancaria, no compartiéndola y comprobando, antes de introducir sus datos o su información confidencial, que se encuentra en el sitio web auténtico de la empresa.
· Modifique sus contraseñas y asegúrese de que son muy seguras.
· Descargue las aplicaciones solo de plataformas legítimas.
· Asegúrese de tener instalada la última versión del programa antivirus en su ordenador y dispositivos móviles.
· No pulse en enlaces ni abra los archivos adjuntos de correos electrónicos que no esperaba recibir o que provengan de un remitente desconocido.
Forma de pago: transferencia o depósito en el banco BHD León a la cuenta 27190380011