Libertad de información: un compromiso de todos

El periodismo enfocado a un ejercicio libre, independiente y, sobre todo, comprometido con la verdad enfrenta grandes amenazas e incomprensiones, 
a veces, sutilmente deslizada en proyectos presentados como beneficiosos.

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September 29, 2025

El tema de la libertad de expresión, y expresión del pensamiento y del crucial papel que con esa finalidad ejerce la prensa escrita, y de manera cada vez más amplia en medios y plataformas digitales, ha tomado especial interés y relevancia en la agenda nacional de los últimos tiempos, con un proyecto en curso en el Congreso, el que busca reformar y actualizar la vieja ley 61-32, para ajustarla al actual contexto de modernidad informativa.

Es un tema sensible, y extremadamente delicado, que exige un minucioso cuidado, con el objetivo de que la nueva ley no incluya ningún término o dispositivo que pueda prestarse a interesadas o antojadizas interpretaciones para vulnerar o restringir el derecho que consagra la Constitución, de que todos los ciudadanos puedan dar y recibir informaciones sin ningún tipo de
censura previa.

La aprensión se justifica por los precedentes de fallidos intentos de tratar de aprobar proyectos de ley dirigidos a imponer regulaciones, y sanciones penales, a quienes hayan sido hallados culpables de emitir expresiones que puedan considerarse ofensivas a la moral o la honra de personas y funcionarios públicos. 

En este punto, es preciso indicar que, aunque el derecho a la información y a la libertad de prensa es fundamental, y así ha sido históricamente reconocido como eje y soporte de la democracia y de las libertades públicas, no es una prerrogativa absoluta y, por tanto, necesita estipulaciones legales y compromisos éticos y legales para su debido ejercicio profesional. 

Sin embargo, los legisladores deberán actuar con extrema cautela para evitar que la nueva ley pueda contener aspectos contrarios al artículo 49 de la Constitución que, de forma clara y taxativa, consagra el derecho a la libertad de expresión e información, garantizando que toda persona tiene la facultad de expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones por cualquier medio, sin que pueda existir una censura previa. 

Esto significa que la ley no puede establecer un control o prohibición sobre el contenido de la expresión antes de su difusión; mientras da a los ciudadanos el derecho a manifestar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, además de la libertad de buscar, recibir y difundir información, aspectos fundamentales para un estado de convivencia auténticamente democrático.

Debido a la delicadeza del tema, y sus implicaciones futuras si no es adecuadamente abordado, el Congreso debería convocar a vistas públicas para que puedan expresar sus inquietudes diferentes sectores de la sociedad, y no solo del área estrictamente informativa
o periodística.

Pero, desde ya, debe quedar bien en claro que, si la nueva ley finalmente contiene puntos de controversia en aspectos fundamentales, podría ser declarada sin validez para su aplicación, en vista de que la Constitución establece que toda ley, reglamento o resolución, es nula de pleno de derecho si es contraria al espíritu de la Carta Magna.

Este debate es importante y oportuno para interés de la ciudadanía en general, y no solo de periodistas, directores de medios y comunicadores en general, si nos vemos ante el espejo de lo que ha ocurrido en naciones como Venezuela y Nicaragua, para citar solo dos casos, donde gobiernos que, de manera legítima, llegaron inicialmente al poder a través de elecciones libres, han silenciado los medios independientes y suprimido de plano las libertades públicas.

Quizás, el aspecto más complicado que tiene a la vista la nueva ley, es la forma de definir y afrontar el tratamiento en cuanto a las informaciones y comentarios difundidos a través de medios, plataformas digitales y podcast utilizados por “influencer”, comentaristas y comunicadores, que hacen señalamientos considerados contrarios a la moral, la honra y el buen nombre de personas. 

En ese sentido, se ha hablado de la posibilidad de que para esos fines se cree una ley o reglamento fuera de la ley de prensa, aunque algunos especialistas en la materia entienden que no sería necesario, que bastaría por si sola la nueva iniciativa, o incluso, la estructura del actual régimen jurídico, que faculta a cualquier persona a emprender acciones legales si se considera que un señalamiento o imputación por un medio ha afectado su honra y buen nombre.

De hecho, este principio legal lo han estado utilizando este año algunas figuras públicas y personas en el ámbito privado y familiar, que se han considerado perjudicadas en casos calificados de difamación e injuria, algunos ya ventilados en tribunales y con medidas coercitivas en ejecución, aunque pendientes de completar su ventilación en los tribunales.

Desde su creación, en 1943, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) ha mantenido una firme e invariable lucha contra los intentos de controlar e imponer reglas o códigos a los medios que ejercen el periodismo con profesionalidad y sentido crítico, y esta trascendente misión tuvo una de sus más cruciales y peligrosos periodos de lucha en los años 1960 y 1970, por las dictaduras militares que intervenían periódicos independientes con censores o simplemente los clausuraban, además de perseguir hasta llegar al asesinato de directores y periodistas.

Este fenómeno de militarización del Estado, y la irrupción de gobiernos de facto, fue un rasgo distintivo de la historia latinoamericana, marcado por la Guerra fría y la mal llamada “doctrina de seguridad”, invocada por gobiernos despóticos y autoritarios para conculcar la libertad de opinión y mantenerse en el poder, cerrando espacio para toda crítica un contrapeso en el ejercicio del poder.

Lucha histórica

Un libro editado por la SIP, en 2001, es quizás el más completo compendio realizado por su Comisión Mundial de la Libertad de Prensa de Libertad de Prensa, acerca de los desafíos que enfrenta la prensa libre e independiente ante constantes intentos y modalidades de gobiernos para tratar de controlar y silenciar la crítica frente a los excesos, arbitrariedades, y acciones infames que cometen regímenes con actos de corrupción administrativa.

En el recuento que hace a través de 116 páginas, directores de medios y dirigentes de la SIP, en diferentes latitudes, describen intentos abiertamente burdos o grotescos, pero otros sutiles, disimulados y hasta pretendidamente beneficiosos, aunque todos igualmente despreciables y, por esa razón, la organización siempre los ha rechazado con firmeza indeclinable.

A 25 años de su publicación, bajo el título Nuevos Términos de Código de Sensura, Modernos Términos para Restringir la Prensa, ese libro describe magistralmente la mentalidad autoritaria y a los enemigos de la libertad, que solo quieren una prensa complaciente que no cuestione sus malas actuaciones, y que viole con el silencio sus principios fundamentales de compromiso de informar al público con amplitud de miras.

El doctor Germán Emilio Ornes Coiscou, quien dirigió varias veces esa comisión, considerada el caballo de batalla de la SIP por su firme lucha contra gobiernos enemigos de la libertad, sostenía tras intensas jornadas libradas por años, algunas victoriosas, y otras con resultados frustrados, que “el precio de la libertad de prensa es la eterna vigilancia”.

Paradójicamente, siendo abogado, agregaba que “la mejor ley de prensa es la que nunca se ha escrito”, por la mala experiencia de textos y regulaciones legales que luego eran distorsionadas por legisladores y regímenes, con claros y ulteriores propósitos de manipular y silenciar a la prensa independiente.

En el mundo actual, la verdad es la primera que pierde cuando el poder político ve enemigos en la prensa, en lugar de defender y comprender que, con su ejercicio responsable, garantiza la estabilidad social, sin la cual, es imposible preservar la convivencia y la alternabilidad democrática.

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