Finalmente se publicó el nuevo “Reglamento para la aprobación, interconexión y operación de instalaciones de generación distribuida de energía”, emitido por resolución SIE-007-2026-REG del 19 de enero de 2026. Esta nueva norma sustituye al anterior Reglamento de Medición Neta que estuvo en vigencia desde el año 2012.
En Escala Solar creemos que este nuevo reglamento incorpora muchas novedades y ayudará a seguir fomentando el desarrollo de la energía limpia en hogares y empresas en nuestro país.
La nueva norma elimina los límites de tamaño de las instalaciones que hasta el momento teníamos impuestos, que eran de 25 kWp para las residencias y 1,000 kWp para las empresas. Ahora el tamaño máximo de cada proyecto vendrá determinado inicialmente por el consumo que tenga cada cliente. Es decir, en base al consumo del último año del cliente se dimensionará el tamaño de la instalación necesaria para producir esa misma energía.
El reglamento distingue claramente entre dos tipologías de proyectos: proyectos con inyección a red y proyectos que no lo hacen, llamados proyectos de inyección cero.
Los proyectos de inyección cero son aquellos en los que un cliente, estando conectado a un distribuidor de energía, decide instalar paneles solares sin inyectar excedentes a la red del distribuidor. Esto puede ocurrir en casos en los que la red de distribución no admita inyecciones por razones técnicas en un lugar en concreto, o en el caso de que así lo decida a discreción el cliente.
Pues bien, en esos casos, la instalación quedará automáticamente aprobada, siempre que el usuario informe al distribuidor sobre el sistema e instale un sistema anti vertido hacia la red.
Esto soluciona muchos problemas que hasta la fecha teníamos con el anterior reglamento. En esta nueva norma se especifica claramente la posibilidad discrecional de los usuarios de instalar sistemas de paneles solares sin inyección a red si así lo deciden. Algo que anteriormente no quedaba claro y solía generar frecuentes disputas entre las partes.
Actualmente, este tipo de instalaciones sin inyección a red, utilizando baterías, es totalmente factible, tanto técnicamente como económicamente.
En los proyectos con inyección a red, la distribuidora realizará unos estudios para determinar, en función del tamaño de la instalación y la ubicación, el impacto que esta puede tener en sus redes. En base a estos estudios y al consumo del cliente, como mencionamos anteriormente, la distribuidora aprobará o solicitará correcciones o ajustes para autorizar la instalación.
Los medidores bidireccionales, que registran las inyecciones y retiros de energía de la red de distribución serán instalados por las distribuidoras sin costo. Anteriormente, tenían que pagarlos los clientes.
¿Cómo se realizará la facturación?
En el caso de los clientes con proyecto de inyección cero a red, se les facturará como a cualquier otro usuario que no tenga paneles solares. Así de sencillo.
En el caso de las instalaciones con inyección a red, será de la siguiente forma:
Si el cliente está conectado en media tensión, pagará la energía neta (retirada menos inyectada) al precio de su tarifa. Si tiene excedentes, se le acumulan para el siguiente mes.
En cuanto al cargo por potencia, se pagará en base “al mayor valor que resulte de comparar la potencia máxima resultante del CLIENTE en el mes, ya sea la potencia retirada y la potencia inyectada, con el promedio de las dos más altas demandas máximas mensuales registradas en los últimos (12) meses.”
Si el cliente está conectado en tarifa de baja tensión simple sin cobro de potencia, estos son la mayoría de los clientes residenciales, el procedimiento de facturación será algo diferente:
A estos usuarios se les hará igualmente el neteo de energía retirada vs inyectada a la red, pero pagarán un cargo de uso de red. Por cada kWh que inyecten a la red de distribución, el distribuidor le facturará esta energía al 25% del costo de su tarifa asignada.
Este cargo ha sido una de las novedades del nuevo reglamento, entendemos que pensado para compensar el servicio prestado por las distribuidoras a los clientes.
Si el cliente no quiere pagar ese cargo por uso de red, siempre tendrá la posibilidad de instalar baterías, almacenando los excedentes en la batería por el día y consumiéndolos en la noche.
Con estas disposiciones podemos ver que este nuevo reglamento intenta preservar el derecho de los usuarios a producir y consumir su propia energía, a la vez que compensa a las distribuidoras por los servicios prestados.
En Escala Solar entendemos que esta nueva norma, si se aplica de acuerdo con el espíritu con el que está concebida, seguirá fomentando los próximos años el desarrollo de las energías renovables de autoconsumo en la República Dominicana.
Forma de pago: transferencia o depósito en el banco BHD León a la cuenta 27190380011